La estrategia jurídica de Fernando Sabag Montiel en el juicio que lo tiene como principal acusado por atentar contra Cristina Kirchner está pronta a dar un giro. Su abogada, la defensora oficial María Fernanda López Puleio, trabaja por estas horas en un plan para intentar eximirlo de una potencial pena: apuesta a probar, en la instancia final del juicio oral, que su defendido –quien apuntó un arma contra la expresidenta y gatilló con la intención de matarla, según él mismo afirmó– no podía cometer el delito por el que se lo acusa.
Lo hará recurriendo a una teoría no exenta de controversias: la teoría del delito imposible, dijo a LA NACION una fuente ligada a la defensa. Es que no alcanza con que el principal acusado por el atentado contra la expresidenta se declare culpable para que recaiga sobre él una condena. También es necesario probar que existían las condiciones materiales para llevar a cabo el delito, en este caso una tentativa de homicidio.
Es una ranura jurídica que la defensa busca entreabrir para que Sabag Montiel salga libre.
Para ello apuntarán a probar que, además de que no había un proyectil en la recamara –motivo por el cual no hubo disparo contra la expresidenta– el cargador, que sí contaba con balas, no estaba bien colocado en la Bersa Calibre .32. Es decir, que el arma con la que Sabag Montiel, se presume, intentó matar a la expresidenta no estaba en condiciones de generar más daño del que puede generar cualquier otro objeto de características similares. Un delito “imposible” de llevar a cabo en esas condiciones, sin importar cuan cerca estaba Sabag Montiel de, con un movimiento, cargar el arma correctamente.
La teoría del delito imposible
El artículo 44 del Código Procesal Penal, inserto dentro del apartado “tentativa”, señala: “Si el delito fuera imposible, la pena se disminuirá en la mitad y podrá reducírsela al mínimo legal o eximirse de ella, según el grado de peligrosidad revelada por el delincuente”.
“Un caso de manual es el de alguien que dispara a la silueta de quien duerme en la cama creyendo falsamente que había alguien”, grafica una fuente judicial. “O al revés: el que quiere envenenar a la víctima, pero agarra el frasco equivocado y en vez de cianuro pone agua oxigenada en el té”, agrega.
Tal como consignó este medio, es el juez quien debe dirimir sobre la “peligrosidad” revelada por el delincuente. La polémica radica en que la ley no juzga temperamentos o modos de ser, sino hechos y conductas. El juez puede disminuir la pena al mínimo o directamente anularla, lo que no es lo mismo que declarar inocente al acusado.
Además, existe otro punto que divide la biblioteca. Hay quienes creen que la clave está en la creencia del acusado respecto a las chances de llevar a cabo el delito, y otros que ponen el foco en las condiciones fácticas para concretarlo. Es decir, para algunos la clave estará en lo que Sabag Montiel pensaba y, para otros, en si el arma, en efecto, estaba o no cargada.
Cuando la intención de cometer un delito se extingue porque el medio para llevarlo a cabo es inadecuado tiene lugar la teoría inidónea, que difiere del delito imposible, según señala una fuente judicial.
El juez federal Ramos ordenó la captura internacional de Nicolás Maduro y Diosdado Cabello
Sobre este último eje buscará pivotear la defensa de Sabag Montiel, amparada en las fotos, incorporadas como prueba en el expediente, que muestran, según remarcan, que más allá de las intenciones del atacante, el arma no estaba en condiciones de ser disparada.
La estrategia jurídica de Fernando Sabag Montiel en el juicio que lo tiene como principal acusado por atentar contra Cristina Kirchner está pronta a dar un giro. Su abogada, la defensora oficial María Fernanda López Puleio, trabaja por estas horas en un plan para intentar eximirlo de una potencial pena: apuesta a probar, en la instancia final del juicio oral, que su defendido –quien apuntó un arma contra la expresidenta y gatilló con la intención de matarla, según él mismo afirmó– no podía cometer el delito por el que se lo acusa.
Lo hará recurriendo a una teoría no exenta de controversias: la teoría del delito imposible, dijo a LA NACION una fuente ligada a la defensa. Es que no alcanza con que el principal acusado por el atentado contra la expresidenta se declare culpable para que recaiga sobre él una condena. También es necesario probar que existían las condiciones materiales para llevar a cabo el delito, en este caso una tentativa de homicidio.
Es una ranura jurídica que la defensa busca entreabrir para que Sabag Montiel salga libre.
Para ello apuntarán a probar que, además de que no había un proyectil en la recamara –motivo por el cual no hubo disparo contra la expresidenta– el cargador, que sí contaba con balas, no estaba bien colocado en la Bersa Calibre .32. Es decir, que el arma con la que Sabag Montiel, se presume, intentó matar a la expresidenta no estaba en condiciones de generar más daño del que puede generar cualquier otro objeto de características similares. Un delito “imposible” de llevar a cabo en esas condiciones, sin importar cuan cerca estaba Sabag Montiel de, con un movimiento, cargar el arma correctamente.
La teoría del delito imposible
El artículo 44 del Código Procesal Penal, inserto dentro del apartado “tentativa”, señala: “Si el delito fuera imposible, la pena se disminuirá en la mitad y podrá reducírsela al mínimo legal o eximirse de ella, según el grado de peligrosidad revelada por el delincuente”.
“Un caso de manual es el de alguien que dispara a la silueta de quien duerme en la cama creyendo falsamente que había alguien”, grafica una fuente judicial. “O al revés: el que quiere envenenar a la víctima, pero agarra el frasco equivocado y en vez de cianuro pone agua oxigenada en el té”, agrega.
Tal como consignó este medio, es el juez quien debe dirimir sobre la “peligrosidad” revelada por el delincuente. La polémica radica en que la ley no juzga temperamentos o modos de ser, sino hechos y conductas. El juez puede disminuir la pena al mínimo o directamente anularla, lo que no es lo mismo que declarar inocente al acusado.
Además, existe otro punto que divide la biblioteca. Hay quienes creen que la clave está en la creencia del acusado respecto a las chances de llevar a cabo el delito, y otros que ponen el foco en las condiciones fácticas para concretarlo. Es decir, para algunos la clave estará en lo que Sabag Montiel pensaba y, para otros, en si el arma, en efecto, estaba o no cargada.
Cuando la intención de cometer un delito se extingue porque el medio para llevarlo a cabo es inadecuado tiene lugar la teoría inidónea, que difiere del delito imposible, según señala una fuente judicial.
El juez federal Ramos ordenó la captura internacional de Nicolás Maduro y Diosdado Cabello
Sobre este último eje buscará pivotear la defensa de Sabag Montiel, amparada en las fotos, incorporadas como prueba en el expediente, que muestran, según remarcan, que más allá de las intenciones del atacante, el arma no estaba en condiciones de ser disparada.
Con imágenes que mostrarían que el arma no está cargada, buscarán apuntalar la “teoría del delito imposible” que podría eximirlo de una potencial pena Read More