La hipocresía o complicidad de numerosos líderes que traicionan la confianza en ellos depositada puede explicarse muchas veces a partir de sus mezquinos intereses propios. Las situaciones se repiten. Localmente, la frustrada sanción de ficha limpia es un triste ejemplo. Instalar falsas verdades sirve también para intentar justificar el apoyo a quienes reiteradamente vulneran derechos, tales los casos de Hamas, Nicolás Maduro en Venezuela o Vladimir Putin. El viaje del presidente Lula Da Silva a Moscú para el aniversario de la victoria soviética en la Segunda Guerra Mundial es otro vergonzoso ejemplo. Bastaba observar el palco de honor, plagado de criminales de lesa humanidad, algunos de ellos con pedidos de captura internacional, festejando el acontecimiento.
Al mismo tiempo, Estados Unidos liberaba a los “rehenes” asilados en la embajada argentina en Venezuela durante 412 días, paradójicamente bajo el cuidado del gobierno de Brasil.
Para la misma conmemoración de la victoria contra el nazismo, en Ucrania se hicieron presentes más de 30 representantes de países europeos y Kaja Kallas, vicepresidenta de la Comisión Europea, con el objetivo de ratificar el apoyo para la creación de un tribunal especial destinado a juzgar los crímenes de guerra cometidos por Rusia en el conflicto con Ucrania. Este tribunal europeo utilizaría partes del código procesal ucraniano que permite el juzgamiento en ausencia de los criminales identificados que no pudieron ser capturados, entre ellos Putin y María Lvova-Belova, por la deportación forzada y transferencia ilegal de niños desde las áreas ocupadas por las fuerzas rusas en Ucrania hacia el territorio ruso.
En nuestro país, desde que entró en vigencia la ley 27.784 de juicio en ausencia, la querella de Luis Czyzewski-Mario Averbuch, padres de dos víctimas del atentado contra la sede de la AMIA que representan al sector mayoritario de familiares de los 85 muertos, con el patrocinio del abogado Tomás Farini Duggan, presentaron el pedido para que se declare la rebeldía de los imputados y así poder realizar el mentado juicio. Días después, el fiscal hizo lo propio, mientras que la AMIA y la DAIA acompañaron en un mismo sentido, propiciando el nombramiento de defensores oficiales y el respeto de los derechos de los acusados.
Resulta absolutamente incomprensible a esta altura de los acontecimientos y a más de 30 años de los atentados, que otras tres querellas correspondientes a la Asociación por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA (Apemia), Memoria Activa y la Asociación 18J-Familiares y Amigos de las Víctimas en el Atentado a la AMIA, plantearan objeciones al juicio en ausencia con distintos argumentos en consonancia con la defensa de los iraníes y del Hezbollah identificados hasta este momento, quienes querrán impedir que se realice el juicio oral.
Resumiendo estas peticiones, la prueba colectada hasta el momento se presenta en el juicio oral y público, ya sea en presencia y en ausencia. Basta demostrar que, habiendo hecho el Estado los esfuerzos necesarios para dar con sus paraderos, estos resultaron infructuosos porque eluden adrede la acción de la Justicia. También la causa del fallido Memorando de entendimiento y las alertas rojas que se intentaron desafectar, sumados a algunos reportajes televisivos que niegan la jurisdicción nacional, sirven plenamente para tenerlos como notificados. Si el fiscal Sebastián Basso considera que hay elementos suficientes para pasar a esa etapa y acusar a los imputados, no hay motivo para que no prospere.
Por otro lado, los procesos en rebeldía no son inconstitucionales como intenta alegar la Asociación 18-J sobre el atentado a la AMIA. La ley utiliza un andamiaje jurídico aceptado por la Comisión y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al compensar los derechos de defensa en juicio con los recursos legislados y, muy en especial, los derechos de las víctimas reclamantes ante la CIDH que ordenó al país remover los obstáculos procesales.
Los juicios en ausencia llevados adelante en Francia, Italia, Ucrania y por el Tribunal Internacional para Líbano, enseñaron con creces que el juicio oral alimenta la investigación, siendo que esta no se cierra hasta que el último perpetrador logre ser identificado y/o detenido. Francia acaba de reclamarle a Siria la entrega de una de las condenadas en ausencia prófugas involucradas en el atentado al teatro Bataclan del 2015 y al supermercado judío Hyper Cacher en París.
Habiendo recibido las opiniones de las partes, el juez Rafecas conocedor de procedimientos comparables, en especial de los criminales nazis juzgados en Nüremberg, deberá resolver próximamente sobre estos pedidos. Solo tiene que cumplir con el legado de quien falleció en 2023 a los 103 años, Ben Ferencz, fiscal adjunto de Nüremberg, en el primer alegato en un juicio en la Corte Penal Internacional, cuando dijo que “la única forma de salir de esto es la ley”.
La hipocresía o complicidad de numerosos líderes que traicionan la confianza en ellos depositada puede explicarse muchas veces a partir de sus mezquinos intereses propios. Las situaciones se repiten. Localmente, la frustrada sanción de ficha limpia es un triste ejemplo. Instalar falsas verdades sirve también para intentar justificar el apoyo a quienes reiteradamente vulneran derechos, tales los casos de Hamas, Nicolás Maduro en Venezuela o Vladimir Putin. El viaje del presidente Lula Da Silva a Moscú para el aniversario de la victoria soviética en la Segunda Guerra Mundial es otro vergonzoso ejemplo. Bastaba observar el palco de honor, plagado de criminales de lesa humanidad, algunos de ellos con pedidos de captura internacional, festejando el acontecimiento.
Al mismo tiempo, Estados Unidos liberaba a los “rehenes” asilados en la embajada argentina en Venezuela durante 412 días, paradójicamente bajo el cuidado del gobierno de Brasil.
Para la misma conmemoración de la victoria contra el nazismo, en Ucrania se hicieron presentes más de 30 representantes de países europeos y Kaja Kallas, vicepresidenta de la Comisión Europea, con el objetivo de ratificar el apoyo para la creación de un tribunal especial destinado a juzgar los crímenes de guerra cometidos por Rusia en el conflicto con Ucrania. Este tribunal europeo utilizaría partes del código procesal ucraniano que permite el juzgamiento en ausencia de los criminales identificados que no pudieron ser capturados, entre ellos Putin y María Lvova-Belova, por la deportación forzada y transferencia ilegal de niños desde las áreas ocupadas por las fuerzas rusas en Ucrania hacia el territorio ruso.
En nuestro país, desde que entró en vigencia la ley 27.784 de juicio en ausencia, la querella de Luis Czyzewski-Mario Averbuch, padres de dos víctimas del atentado contra la sede de la AMIA que representan al sector mayoritario de familiares de los 85 muertos, con el patrocinio del abogado Tomás Farini Duggan, presentaron el pedido para que se declare la rebeldía de los imputados y así poder realizar el mentado juicio. Días después, el fiscal hizo lo propio, mientras que la AMIA y la DAIA acompañaron en un mismo sentido, propiciando el nombramiento de defensores oficiales y el respeto de los derechos de los acusados.
Resulta absolutamente incomprensible a esta altura de los acontecimientos y a más de 30 años de los atentados, que otras tres querellas correspondientes a la Asociación por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA (Apemia), Memoria Activa y la Asociación 18J-Familiares y Amigos de las Víctimas en el Atentado a la AMIA, plantearan objeciones al juicio en ausencia con distintos argumentos en consonancia con la defensa de los iraníes y del Hezbollah identificados hasta este momento, quienes querrán impedir que se realice el juicio oral.
Resumiendo estas peticiones, la prueba colectada hasta el momento se presenta en el juicio oral y público, ya sea en presencia y en ausencia. Basta demostrar que, habiendo hecho el Estado los esfuerzos necesarios para dar con sus paraderos, estos resultaron infructuosos porque eluden adrede la acción de la Justicia. También la causa del fallido Memorando de entendimiento y las alertas rojas que se intentaron desafectar, sumados a algunos reportajes televisivos que niegan la jurisdicción nacional, sirven plenamente para tenerlos como notificados. Si el fiscal Sebastián Basso considera que hay elementos suficientes para pasar a esa etapa y acusar a los imputados, no hay motivo para que no prospere.
Por otro lado, los procesos en rebeldía no son inconstitucionales como intenta alegar la Asociación 18-J sobre el atentado a la AMIA. La ley utiliza un andamiaje jurídico aceptado por la Comisión y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al compensar los derechos de defensa en juicio con los recursos legislados y, muy en especial, los derechos de las víctimas reclamantes ante la CIDH que ordenó al país remover los obstáculos procesales.
Los juicios en ausencia llevados adelante en Francia, Italia, Ucrania y por el Tribunal Internacional para Líbano, enseñaron con creces que el juicio oral alimenta la investigación, siendo que esta no se cierra hasta que el último perpetrador logre ser identificado y/o detenido. Francia acaba de reclamarle a Siria la entrega de una de las condenadas en ausencia prófugas involucradas en el atentado al teatro Bataclan del 2015 y al supermercado judío Hyper Cacher en París.
Habiendo recibido las opiniones de las partes, el juez Rafecas conocedor de procedimientos comparables, en especial de los criminales nazis juzgados en Nüremberg, deberá resolver próximamente sobre estos pedidos. Solo tiene que cumplir con el legado de quien falleció en 2023 a los 103 años, Ben Ferencz, fiscal adjunto de Nüremberg, en el primer alegato en un juicio en la Corte Penal Internacional, cuando dijo que “la única forma de salir de esto es la ley”.
Resultan inexplicables los reparos de algunos sectores a los juicios en ausencia; instalar falsas verdades impide que, de una vez por todas, se haga justicia Read More