Reactivan el proceso para definir si Angelo Calcaterra será juzgado por el caso de los cuadernos de las coimas

El proceso para definir si el empresario Angelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri, será juzgado por el caso de los “cuadernos de las coimas” se reactivó. Los jueces de la Cámara de Casación que habían resuelto que los 16 pagos de miles de dólares que realizó el empresario a funcionarios kirchneristas era aportes de campaña -y no coimas para mantener sus contratos con el Estado- ahora convocaron a una audiencia.

Será el 15 de octubre. Los jueces Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Carlos Mahiques escucharán a la Unidad de Información Financiera (UIF), que había sido obviada anteriormente, antes de decidir si mantienen su decisión de evitarle a Calcaterra un juicio oral por coimas y en cambio lo envían a la justicia electoral con un asunto que se castiga con una multa y que ya está prescripto por el paso del tiempo.

La Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Barroetaveña, Mahiques y Petrone había decidido el 26 de junio pasado que el empresario de la construcción no fuera juzgado en el caso de los cuadernos de las coimas, al sostener que su caso debía ser analizado por la justicia federal electoral y no en un juicio oral.

Tras ese fallo, el fiscal Raúl Pleé pidió la nulidad de la decisión y lo mismo hizo el organismo que cobate el lavado de dinero, la Unidad de Información Financiera. Plee argumentó que los jueces decidieron sin escuchar a la UIF, que es una de las partes en la causa de los cuadernos de las coimas.

Tras la presentación de Pleé, la UIF, encabezada por Ignacio Yacobucci, hizo lo propio porque la Casación no la notificó de la audiencia previa donde se discutió si se debía tomar o no esa decisión. La UIF es querellante en el caso de los cuadernos de las coimas y, por lo tanto, debería haber tenido la posibilidad de argumentar en esa audiencia.

Los magistrados de Casación entendieron que Calcaterra no pagó sobornos para mantener sus contratos con el kirchnerismo sino que efectuó aportes económicos para las campañas electorales de 2013 y de 2015.

Consideraron que los 16 pagos que realizó Calcaterra a funcionarios del Ministerio de Planificación Federal en el garaje subterráneo del hotel Hilton no eran coimas sino que era dinero para la campaña electoral. De esta manera, Calcaterra fue excluido del juicio del caso de los cuadernos y se envió el expediente a la jueza federal electoral María Servini para que en lugar de acusarlo de cohecho, se lo investigue por una leve falta al Código Electoral.

Hay empresarios que impulsan en la Justicia un reclamo similar al de Calcaterra para que sus casos sean tratados también en el fuero electoral.

Ahora, los jueces convocaron a una audiencia para resolver el pedido de nulidad y tras escuchar a la UIF, resolverán si dan marcha atrás con su propia decisión al verse convencidos por los argumentos novedosos de Yacobuci, o si rechazan los pedidos porque no alteran su decisión original. En ese caso, el fiscal y al UIF podrían plantear un recurso extraordinario para llegar a la Corte con su reclamo.

En esta instancia no se trata de una apelación para que la Corte revise la sentencia de la Casación, sino un pedido de nulidad planteado ante los propios jueces que dictaron el fallo cuestionado.

El fiscal Pleé reconoció que la jurisprudencia de la Casación señala que los pronunciamientos por ella dictados no son susceptibles de planteos de nulidad, revocatoria o reconsideración, y que solo cabe el recurso extraordinario para que la Corte revise el asunto. Sin embargo, dijo que ya hubo excepciones a esta regla “en virtud de la necesaria salvaguarda de las garantías de debido proceso y defensa en juicio de los litigantes”. Y las enumeró. Los jueces parecieron darle razón al abrir el recurso de Casación y citar a la audiencia del 15 de octubre.

Para Pleé lo resuelto por Barroetaveña, Mahiques y Petrone “impide la normal continuación de la causa hacia la celebración del debate oral y público respecto de los recurrentes, lo que frustró la pretensión de la UIF conforme su requerimiento de elevación a juicio”.

El caso

El caso de los cuadernos tiene 161 imputados. La principal acusada es Cristina Kirchner, como jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios kirchneristas de la cartera del exministerio de Planificación Federal para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia. LA NACION hizo la investigación periodística que permitió destapar la maniobra.

La causa cuadernos se trata, en realidad, de varias causas conectadas. La principal es la que contiene los escritos de Centeno, con tres tramos, y a ella se suman otros casos de fraude y de lavado en los que habría intervenido una organización criminal, sucedida entre 2003 y 2015, “en cuyo marco se canalizaron sobornos y pagos para la satisfacción de intereses espurios y con miras a la obtención de beneficios recíprocos -de empresarios y funcionarios- a razón de ese acuerdo ilícito previo”, según evaluó la Justicia.

El proceso para definir si el empresario Angelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri, será juzgado por el caso de los “cuadernos de las coimas” se reactivó. Los jueces de la Cámara de Casación que habían resuelto que los 16 pagos de miles de dólares que realizó el empresario a funcionarios kirchneristas era aportes de campaña -y no coimas para mantener sus contratos con el Estado- ahora convocaron a una audiencia.

Será el 15 de octubre. Los jueces Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Carlos Mahiques escucharán a la Unidad de Información Financiera (UIF), que había sido obviada anteriormente, antes de decidir si mantienen su decisión de evitarle a Calcaterra un juicio oral por coimas y en cambio lo envían a la justicia electoral con un asunto que se castiga con una multa y que ya está prescripto por el paso del tiempo.

La Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Barroetaveña, Mahiques y Petrone había decidido el 26 de junio pasado que el empresario de la construcción no fuera juzgado en el caso de los cuadernos de las coimas, al sostener que su caso debía ser analizado por la justicia federal electoral y no en un juicio oral.

Tras ese fallo, el fiscal Raúl Pleé pidió la nulidad de la decisión y lo mismo hizo el organismo que cobate el lavado de dinero, la Unidad de Información Financiera. Plee argumentó que los jueces decidieron sin escuchar a la UIF, que es una de las partes en la causa de los cuadernos de las coimas.

Tras la presentación de Pleé, la UIF, encabezada por Ignacio Yacobucci, hizo lo propio porque la Casación no la notificó de la audiencia previa donde se discutió si se debía tomar o no esa decisión. La UIF es querellante en el caso de los cuadernos de las coimas y, por lo tanto, debería haber tenido la posibilidad de argumentar en esa audiencia.

Los magistrados de Casación entendieron que Calcaterra no pagó sobornos para mantener sus contratos con el kirchnerismo sino que efectuó aportes económicos para las campañas electorales de 2013 y de 2015.

Consideraron que los 16 pagos que realizó Calcaterra a funcionarios del Ministerio de Planificación Federal en el garaje subterráneo del hotel Hilton no eran coimas sino que era dinero para la campaña electoral. De esta manera, Calcaterra fue excluido del juicio del caso de los cuadernos y se envió el expediente a la jueza federal electoral María Servini para que en lugar de acusarlo de cohecho, se lo investigue por una leve falta al Código Electoral.

Hay empresarios que impulsan en la Justicia un reclamo similar al de Calcaterra para que sus casos sean tratados también en el fuero electoral.

Ahora, los jueces convocaron a una audiencia para resolver el pedido de nulidad y tras escuchar a la UIF, resolverán si dan marcha atrás con su propia decisión al verse convencidos por los argumentos novedosos de Yacobuci, o si rechazan los pedidos porque no alteran su decisión original. En ese caso, el fiscal y al UIF podrían plantear un recurso extraordinario para llegar a la Corte con su reclamo.

En esta instancia no se trata de una apelación para que la Corte revise la sentencia de la Casación, sino un pedido de nulidad planteado ante los propios jueces que dictaron el fallo cuestionado.

El fiscal Pleé reconoció que la jurisprudencia de la Casación señala que los pronunciamientos por ella dictados no son susceptibles de planteos de nulidad, revocatoria o reconsideración, y que solo cabe el recurso extraordinario para que la Corte revise el asunto. Sin embargo, dijo que ya hubo excepciones a esta regla “en virtud de la necesaria salvaguarda de las garantías de debido proceso y defensa en juicio de los litigantes”. Y las enumeró. Los jueces parecieron darle razón al abrir el recurso de Casación y citar a la audiencia del 15 de octubre.

Para Pleé lo resuelto por Barroetaveña, Mahiques y Petrone “impide la normal continuación de la causa hacia la celebración del debate oral y público respecto de los recurrentes, lo que frustró la pretensión de la UIF conforme su requerimiento de elevación a juicio”.

El caso

El caso de los cuadernos tiene 161 imputados. La principal acusada es Cristina Kirchner, como jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios kirchneristas de la cartera del exministerio de Planificación Federal para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia. LA NACION hizo la investigación periodística que permitió destapar la maniobra.

La causa cuadernos se trata, en realidad, de varias causas conectadas. La principal es la que contiene los escritos de Centeno, con tres tramos, y a ella se suman otros casos de fraude y de lavado en los que habría intervenido una organización criminal, sucedida entre 2003 y 2015, “en cuyo marco se canalizaron sobornos y pagos para la satisfacción de intereses espurios y con miras a la obtención de beneficios recíprocos -de empresarios y funcionarios- a razón de ese acuerdo ilícito previo”, según evaluó la Justicia.

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